Cualquier persona interesada en los fines y actividades del Instituto, en quien no concurra la condición de socio, podrá patrocinar, de forma exclusiva o junto a otros patrocinadores, eventos concretos singulares o ediciones particulares de eventos recurrentes en el tiempo, organizados por el Instituto.
El convenio de patrocinio incluirá, junto a la contribución económica del patrocinador, las correspondientes contraprestaciones a cargo del Instituto, entre las que típicamente se contemplarán las siguientes:
Visibilidad razonable durante el evento, mediante (i) el despliegue, de soportes tipo roll-ups, posters o medios similares, con el nombre y logotipo del patrocinador y en su caso de una breve leyenda; (ii) reserva de un espacio adecuado para distribución de material promocional (III) agradecimiento verbal expreso por parte del presentador o moderador del evento.
Inclusión del logotipo y mención de su condición de patrocinador, en los anuncios, folletos o soportes utilizados para la comunicación anticipada del evento al público, así como en las notas de prensa emitidas con posterioridad al mismo y distribuidas a través de los medios.
Inserción gratuita en las publicaciones del Instituto y en su website, en sitio razonablemente visible en los lugares utilizados para el anuncio del evento, de su logotipo corporativo junto a la mención de su condición de patrocinador del mismo.
Inscripción gratuita de un número mínimo de tres personas, cuando el evento adopte la forma de actos presenciales del tipo presentaciones, entrega de premios, seminarios, conferencias o jornadas.